Publicado el 05/06/2025
El arte generado por IA se refiere a obras creadas con la ayuda de algoritmos de inteligencia artificial. Herramientas como DALL-E de OpenAI y DeepDream de Google utilizan redes neuronales para generar imágenes basadas en conjuntos de datos de entrenamiento. Uno de los mayores desafíos es determinar la titularidad de los derechos de autor. Tradicionalmente, estos protegen las obras creadas por humanos, pero cuando una IA crea una obra de arte, no está claro quién debe ser considerado el autor.
En muchos países, las leyes de derechos de autor no reconocen a las máquinas como autores. Por ejemplo, la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos ha declarado que solo las obras creadas por humanos pueden ser protegidas por derechos de autor. Esto deja un vacío legal para las obras generadas por IA. Algunos expertos sugieren que se necesitan nuevas leyes para abordar este problema, mientras que otros proponen que los derechos de autor podrían ser otorgados a los desarrolladores de la IA o a los usuarios finales.
La IA no solo está creando arte, sino también inventando nuevos productos y tecnologías. Empresas y laboratorios de investigación están utilizando IA para desarrollar nuevos materiales, fármacos y tecnologías. Sin embargo, la cuestión de la titularidad de las patentes para inventos generados por IA es compleja. Las leyes de patentes generalmente requieren que un inventor sea una persona. Esto plantea la pregunta: ¿puede una IA ser considerada un inventor?
En 2019, un equipo de investigadores intentó patentar inventos generados por una IA llamada DABUS. Las solicitudes de patente fueron rechazadas en varios países, incluyendo los Estados Unidos y el Reino Unido, sobre la base de que la IA no puede ser reconocida como inventor. Estos casos destacan la necesidad de revisar y posiblemente reformar las leyes de patentes para adaptarse a los avances tecnológicos.
En México, la Ley Federal del Derecho de Autor establece que solo las personas físicas pueden ser reconocidas como autores de una obra. Recientemente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que los contenidos generados por inteligencia artificial (IA) no pueden estar protegidos por derechos de autor. Esta decisión fue ratificada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), que argumentó que el diseño gráfico en cuestión no había sido creado por una persona física, lo cual es indispensable para reconocer el carácter de autor según el artículo 12 de la mencionada ley. Esta sentencia proporciona mayor certeza jurídica en un área en constante evolución y establece un precedente para casos futuros.
A medida que la IA continúa avanzando, es crucial que las leyes de propiedad intelectual evolucionen para abordar los desafíos planteados por el arte y los inventos generados por IA. Esto podría incluir la creación de nuevas categorías de derechos de autor y patentes específicas para obras e inventos generados por IA.
Otra área de interés es la colaboración entre humanos y IA. En muchos casos, las obras e inventos son el resultado de una colaboración entre humanos y algoritmos de IA. Determinar la contribución de cada parte y cómo deben ser protegidos los derechos de propiedad intelectual resultantes es un área que requiere atención.
Es fundamental educar a los creadores, inventores y empresas sobre los desafíos y oportunidades de la propiedad intelectual en la era de la IA. Esto incluye comprender las leyes actuales, así como estar al tanto de los desarrollos legales y tecnológicos emergentes.
El arte y los inventos generados por IA representan una nueva frontera en la propiedad intelectual. A medida que la tecnología continúa avanzando, es esencial que las leyes y regulaciones evolucionen para proteger adecuadamente las creaciones e innovaciones resultantes. Al abordar estos desafíos, podemos asegurar que la propiedad intelectual siga fomentando la creatividad y la innovación en la era digital.